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Académico USS: Proyectan beneficios de la futura portabilidad eléctrica

2 minutos de lectura

El proyecto de ley que establece el Derecho a la Portabilidad en el mercado
energético tiene como pilares: mejorar la calidad y seguridad del servicio,
hacer las tarifas eficientes y competitivas y proteger a los usuarios, entre
otros aspectos.

En su primer trámite constitucional se encuentra el proyecto de ley que establece el
Derecho a la Portabilidad en el mercado energético. Sus beneficios son múltiples y
abarcan desde la elección de la empresa suministradora, la baja en el precio, la mejora
en el servicio y su calidad, el desarrollo sostenible y armónico, la protección del usuario
hasta la transparencia en la información.


El objetivo de la iniciativa es establecer el derecho a la portabilidad eléctrica a través
de la introducción de modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos para
habilitar a todos los usuarios del Sistema Eléctrico Nacional a elegir su suministrador.
Por otra parte, el Estado asumirá nuevas labores, además de regular y fiscalizar el
mercado, será el ente encargado de generar incentivos que apunten a cumplir la futura
normativa.


Según el director de la carrera de Ingeniería Civil de la U. San Sebastián sede
Concepción, Rody Toro Picarte, la portabilidad eléctrica le daría mayor poder al
consumidor o usuario, ya que, de acuerdo con el proyecto, será él quien decidirá el
servicio más conveniente que desea contratar. “Además de ver disminuido los cobros en
su cuenta, también mejorarán factores como la calidad del servicio, eficiencia
energética y menor contaminación”, asegura el académico.

Regulada y libre


Para entender la función de la portabilidad, se definen dos tipos de comercialización
eléctrica: regulada y libre. “En la regulada, se seguirá comercializando, como hasta el
día de hoy, con las distribuidoras y cooperativas. Mientras que la comercialización libre
estará a cargo de un agente comercializador, con quien cada usuario elegirá según el
tipo de condiciones que necesite”, explica Rody Toro.

Respecto a los clientes, el proyecto de ley introduce la definición de tres tipos: clientes
pequeños, con potencia menor a 20 kW; clientes medianos, con potencia entre 20 y 5
mil kW, y clientes grandes, por sobre esta última potencia. “Los clientes medianos y
pequeños, equivalentes a un condominio y una vivienda, respectivamente, pueden optar
entre un comercializador libre o una tarifa regulada. Mientras que los clientes grandes,
como las industrias, mantienen su régimen actual, esto es, que deben contratar
suministros de energía por sí mismos”, detalla el director de carrera.


Otra de las novedades que incorporará la portabilidad eléctrica es la creación de un
organismo privado y licitado denominado Gestor de Información y cuyo deber es
informar de manera oportuna a los actores del mercado. “Con objeto de garantizar la
total independencia del manejo de información, la protección de los datos de los
clientes y el acceso controlado y simétrico para los distintos interesados, además de
entregar herramientas objetivas a los usuarios para que faciliten su elección”, explica en
su página 15 el proyecto.


Una vez aprobada la ley, se aplicará en comunas piloto y en las que se considerarán la
cantidad y tipo de usuarios, consumos de energía, ubicación geográfica e
implementación de otras políticas públicas. En esa misma línea, se priorizarán a aquellas
con mayores índices de vulnerabilidad social y/o que cuenten con planes de
descontaminación.

Fotos: USS, Ecom Energía

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