La autoridad regional espera que, una vez definidos los candidatos y tengan un especial interés ambiental, se puedan reunir para indicar cuáles son los temas en las cuales se debe tener una consideración especial y de qué manera la nueva carta magna debería contemplarlas.
La Constitución es la Ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política, es decir, es el marco de reglas generales que definen la forma en que se estructura y limita el poder, así como el ámbito de ejercicio de los derechos y libertades del conjunto de la sociedad. La Constitución es la norma suprema que está destinada a regular y fijar los aspectos fundamentales de la vida política y social del país, para efectos de establecer la base general de consenso sobre el cual deben sujetarse todas las leyes y actos de la Administración.
En Chile, la Constitución del 80 fue pionera en su época en consagrar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. A esta fecha, sólo 48 constituciones en el mundo cuentan con algún tipo de referencia la protección del medio ambiente, siendo la chilena una de las primeras en hacerlo. Adicionalmente reconoció la función social de la propiedad como limitación a su ejercicio, incluyendo la conservación del patrimonio ambiental.
Estos principios constitucionalmente consagrados en la constitución han permitido la implementación de leyes y normas que permitieron establecer limitaciones al goce de otros derechos, prevaleciendo el medio ambiente, como por ejemplo en materias de descontaminación y a la conservación del patrimonio ambiental, pensando en las futuras generaciones. De esta forma la institucionalidad ambiental en nuestro país ha entregado herramientas a los tribunales para proteger adecuadamente esta garantía constitucional, así como también la posibilidad que los Gobiernos dicten planes de descontaminación, planes de manejo, normas, entre otros.
Sin embargo, luego de casi 40 años, nos encontramos frente a nuevos desafíos globales de fuerte impacto nacional -como lo son el cambio climático y la pérdida mundial y masiva de biodiversidad- que en ese entonces no se percibían con la misma claridad, así como con una ciudadanía cada vez más consciente de que la preservación y conservación del medio ambiente es una condición indispensable para el desarrollo sustentable.
En esa línea, Mario Delannays, Seremi del Medio Ambiente en la región del Biobío, indicó “la discusión constitucional, es una oportunidad para conversar sobre cómo avanzar en modernizar el actual derecho constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, establecido en la constitución del 80, hacia la consagración constitucional de los principios de un desarrollo sustentable y sostenible”.
Además, señaló que “tenemos que robustecer y modernizar urgentemente nuestra política ambiental. El Ministerio del Medio Ambiente tiene solo diez años de existencia, por tanto tenemos que dar el salto que nos permita llegar a un status distinto, que todos los compromisos del país a nivel internacional, no sean solo eso, un compromiso, sino que se transformen en una obligación, porque nuestro país lo requiere, para qué decir, si tenemos 8 de los 10 riesgos del cambio climático. Por ello, es clave que de aquí a abril, del 2021, el tema ambiental sea prioridad para los constituyentes”.
A su vez, manifestó su intención de reunirse con todos aquellos constituyentes que lo requiera, para poder trabajar en conjunto en la estructura de la política ambiental que debe guiar a nuestro país en las próximas décadas.
Finalmente, Delannays confía en que “la nueva constitución pueda consignar todas las urgencias ambientales, por sobre las necesidades políticas, que muchas veces apuntan a una trinchera, no a los grandes acuerdos en materia ambiental que los chilenos esperan, que definitivamente nos conviertan en el país sustentable y sostenible que merecemos”.