El Ministerio de Energía durante todo este mes, realiza un llamado para la consulta pública del “Informe para definición de criterios de empresas que reportan información energética”, del artículo Nº2 de la ley 21.305, la cual estará abierta hasta el 25 de mayo.
En esta ocasión el Ministerio pone a disposición de la ciudadanía el informe del análisis realizado frente al mandato señalado. Este documento describe los antecedentes y fuentes de información que han servido de base para la formulación de los criterios conforme a los cuales las empresas deberán reportar anualmente sus consumos de energía, así como también, precisa y define el alcance de los criterios que han sido obtenidos a partir del análisis realizado. En la instancia pueden participar personas naturales o jurídicas, empresas, organizaciones sociales, universidades, entre varias.
Para el Seremi de Energía, Mauricio Henríquez, este proceso es de suma relevancia para diseñar una ley de eficiencia energética más robusta. “Es importante que todos sean parte de esta instancia, porque esto nos permitirá construir una ley de eficiencia energética más robusta. Los datos que se recaben son los que contribuirán a cumplir las metas de carbono neutralidad en el país en 2050”
Cabe destacar, que el 13 de febrero de este año, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.305 sobre Eficiencia Energética (EE), cuyo objeto es promover el uso racional y eficiente de los recursos energéticos, por cuanto la EE es la forma más segura, económica y sustentable de cubrir nuestras necesidades energéticas, las que, en países en desarrollo como el nuestro, son cada vez mayores.
Es en base a este contexto, que el artículo Nº2 de la Ley 21.305 indica que el Ministerio de Energía emitirá cada cuatro años, un Decreto Supremo dónde se establecerán los criterios para determinar las empresas que deberán reportar anualmente sus consumos por uso de energía e intensidad energética.