Ciencias forestalesMedio Ambiente

CONAF prohíbe quemas agrícolas o forestales en seis regiones del país

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La medida es para evitar el peligro de incendios forestales. Quienes no lo respeten, se arriesgan a penas de presidio y multa que puede superar los $ 8 millones.
Conaf

En seis regiones del país se mantiene la prohibición para realizar quemas controladas de desechos agrícolas o forestales ante la probabilidad de ocurrencia de incendios forestales por las altas temperaturas de los últimos días, informó la Corporación Nacional Forestal (CONAF).

Las regiones en que está prohibido el uso del fuego para estas faenas son: Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, zonas en que se siguen registrando altas temperaturas y fuertes vientos, condiciones favorables para que cualquier quema realizada se pueda transformar en un siniestro con riesgo para la naturaleza y sectores residenciales.

El uso del fuego en forma de quema controlada está regulado bajo el Decreto Supremo 276 de 1980, del Ministerio de Agricultura, a fin de evitar la generación de incendios forestales producto de quemas mal ejecutadas. Es así que CONAF cuenta con la potestad para administrar el uso del fuego en todo el territorio nacional, siendo una de sus prerrogativas el establecimiento de un calendario de quemas. Este instrumento señala los horarios y días en que se pueden realizar quemas, precisando condiciones y medidas de seguridad destinadas a evitar la pérdida de control del fuego. Además, determina los periodos de prohibición de esta actividad.

Realizar una quema, sin contar con el comprobante de aviso entregado por CONAF, o efectuarla en zonas en que está prohibido hacerlo, está penalizado como delito y conlleva detención y presidio de grado medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años; más multas que van desde 50 a 150 UTM (de 2 millones 770 mil pesos a 8 millones 330 mil pesos, al actual valor de la UTM).

En las regiones del país en que se permite actualmente la realización de quemas controladas, cada agricultor o agricultora debe avisar a CONAF la intención de ello en las oficinas receptoras habilitadas para esto (103 en todo el territorio nacional), donde le indicarán los días y horarios en que se puede proceder a la quema. Dependiendo del riesgo y tamaño de la quema, el trámite se podrá hacer vía internet.

Sin embargo, siempre CONAF recomienda a los agricultores o agricultoras que, antes de realizar una quema, se consideren alternativas al uso del fuego para el manejo de residuos vegetales.

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