Con el anuncio de la construcción de una cárcel de alta seguridad en la Región Metropolitana, la académica de la Facultad de Ciencias Sociales, Viviana Soto, llama a preguntarse “¿cuál es el tratamiento que reciben las personas en el encierro de la cárcel para que cuando salgan del encierro no reincidan en delitos y puedan rehacer sus vidas?”. Por su parte, la académica de la Facultad de Gobierno, Olga Espinoza, plantea que una medida como esta, “no es una medida que en sí misma permita aportar en la reinserción social”.
Para “el control efectivo de los criminales líderes de las bandas organizadas”, así fue el anuncio de la construcción de un nuevo recinto especial de alta y máxima seguridad en el país por parte del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, un recinto penitenciario que se emplazará en la Región Metropolitana y que aumentará en 500 las plazas de este tipo de cárceles.
Sin embargo, las voces han sido críticas con respecto a su construcción, tanto por la ubicación que podría tener -en la comuna de Santiago-, su alto costo y su efectividad para combatir al crimen organizado. La académica del Departamento de Educación de la Facultad de Ciencias Sociales e Integrante del Grupo de Estudio Pedagogía en Contexto Punitivo y de Protección (GEPEPP) de la Universidad de Chile, Viviana Soto Aranda, explica que “en Chile contamos con una cárcel de alta seguridad ya desde casi 30 años y que fue reinaugurada recientemente por el Presidente Boric como el Recinto Penitenciario Especial de Alta Seguridad (REPAS); pero creo necesario que la ciudadanía conozca qué tan efectivo son estos recintos de alta seguridad para la sociedad, porque cabe preguntarse ¿cuál es el tratamiento que reciben las personas en el encierro de la cárcel para que cuando salgan del encierro no reincidan en delitos y puedan rehacer sus vidas? Esta y otras preguntas deberíamos hacernos para pensar la cárcel de manera más sistémica y así pensarnos como sociedad”.
“Sobre la experiencia en América Latina y el Caribe, cabe señalar que el sistema carcelario es variado y es la forma como cada país aborda su seguridad interna, pero decir que en su mayoría son desde una lógica punitiva del encierro como castigo donde los procesos de atención para cambios en la conducta y nuevas posibilidades de vida, tanto dentro como fuera de la cárcel, son en su mayoría escasos. En América Latina hay esfuerzos, como algunos programas en Uruguay y Argentina, que buscan generar procesos de cambio en las personas con ofertas programáticas importantes como la educación. Vinculantes para cambios de vida de las personas, dignos de reproducir en Chile”, asegura la profesora Soto, quien también es socia fundadora de la Red Chilena de Pedagogía en Contextos Carcelarios y Exclusión Social.
“Por tanto –agrega la académica de Ciencias Sociales-, si sirve o no una cárcel de alta seguridad eso va a depender del tratamiento que se dé dentro de dichos recintos, que no se violen los Derechos Humanos, porque estaremos reproduciendo los daños en una persona que esperamos rectifique su conducta y se inserte respetando los derechos de otras personas”.
Por su parte, la académica Departamento de Estudios Políticos de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Olga Espinoza Mavila, asegura que “contar con una cárcel de alta seguridad se ha utilizado en distintos países, pero es una medida que tiene varias complejidades: es una medida extremadamente costosa, en términos bien concretos porque implica no sólo el uso de equipos tecnológicos, mayor número de profesionales, pero sobre todo, con miras a la identificación de una política pública que genere cambios sustantivos, no es una medida que en sí misma permita aportar en la reinserción social”.
Su aporte en la política de reinserción social
La profesora Olga Espinoza añade que “otra complejidad que tiene la política de la cárcel de alta seguridad es el hecho de que el régimen que se establece es un régimen que puede ser extremadamente severo y puede afectar sustantivamente elementos básicos de la dignidad de las personas porque el acceso a horas de luz son restringidos, el acceso a vínculos familiares son restringidos, el acceso a programas de educación y en términos generales programas de reinserción, en general, son bastante restringidos, entonces, lo que suele suceder cuando se ha tenido que utilizar este tipo de régimenes es recomendar que sean por periodos muy limitados y con una fiscalización muy estrecha de organizaciones externas para verificar que se cumplan los estándares más básicos de dignidad”.
“Hoy nuestro sistema penitenciario tiene como parte de sus objetivos principales no solamente garantizar que se cumplan las condenas, sino que además se ejecuten en un contexto básico de respeto de la dignidad de las personas y que se apunte a promover la reinserción social”, agrega Espinoza.
En esta misma línea, la profesora Soto indica que “es necesario que en el país se analice la situación carcelaria de manera interdisciplinaria y la aborde en su complejidad, buscando pensar la cárcel de una perspectiva multidimensional con programas que existen hoy, como el programa de reinserción, pero estos son precarios y no están respondiendo a la demandas reales de quienes están privados de libertad. Realidad que se constató en cabildos penitenciarios realizados en el año 2022 en 58 recintos penitenciarios del país, evidenciando desde las propias personas privadas de libertad, hombres, mujeres, población LGTBIQA+ sus diversas problemáticas y vulneraciones de derechos en el sistema carcelario, la urgente revisión al sistema de justicia, y en el contexto del medio libre, las necesidades de la infancia, de educación, trabajo, salud física y mental, y oportunidades sanas de vida familiar y recreación”.
“Discusión desde la academia y las organizaciones de la sociedad civil reiteran que las penas sustitutivas que se cumplen fuera de la cárcel generan que la tasa de reincidencia sea menor; por tanto con encarcelar no solucionamos el problema de fondo si a esto se suma la falta de un sistema carcelario que genera hacinamiento a personas, que no ofrece reales oportunidades de reinserción y que tiene un reducido seguimiento postcarcelario”, sostiene Soto.
Ma. Fca. Maldonado W.
Prensa Uchile
Fotografías: Alejandra Fuenzalida