Si el texto apunta a otorgar mayor claridad a los consumidores que sufren esta enfermedad autoinmune, a la hora de elegir los alimentos libres de trigo, cebada, centeno e incluso la avena.
Listo para ser votado en Sala, quedó el proyecto que incorpora a la enfermedad celiaca y al gluten en la legislación sobre composición de los alimentos y su rotulación, la que cursa su segundo trámite en el Senado.
Se estima que a sólo un 1% de la población nacional se le ha diagnosticado enfermedad celiaca, la que corresponde a una afección autoinmune que daña al revestimiento del intestino delgado por la ingestión de gluten. Esta es una sustancia que se encuentra en el trigo, la cebada, el centeno y posiblemente la avena.
De acuerdo a los expertos hay tres dificultades que enfrentan aquellos que padecen esta condición: el alto costo de los alimentos que garantizan no poseer gluten, la credibilidad de dicha información y la claridad con que ello está expresado en el etiquetado.
En esa línea, la norma que analizan los senadores persigue al menos terminar con la incertidumbre a la hora de saber si lo que se está comprando tiene o no esta proteína.
INDICACIONES
Durante enero la Comisión de Salud, votó seis indicaciones presentadas por los parlamentarios, las cuales fueron respaldadas por unanimidad. De esta forma se clarificó lo siguiente:
- Los alimentos que no tengan gluten deben informar en sus envases o etiquetas aquello utilizando la frase “libre de gluten” y el logo de la espiga tachada en su parte frontal.
- Éstos deberán cumplir con las disposiciones del Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) que son fiscalizadas por el Instituto de Salud Pública (ISP).
- Los establecimientos que vendan alimentos libres de gluten envasados secos deberán exponerlos en góndalas exclusivas con el fin de evitar la contaminacion cruzada.
- Un reglamento refinirá la forma de materializar lo anterior
PROYECTO
El proyecto apunta a transparentar la presencia de gluten en los alimentos, estableciendo además que “los supermercados deberán disponer de góndolas exclusivas para la oferta de productos aptos para personas con intolerancias alimentarias, como aquellos sin gluten para los enfermos celíacos, debiendo resguardar la posibilidad de contaminación cruzada.
Los establecimientos que expendan alimentos preparados deberán informar a través de sus cartas, vitrinas o similares, respecto de los contenidos en sus preparaciones, a lo menos la cantidad de energía, azúcares, sodio, grasas saturadas, gluten y los demás que el Ministerio de Salud determine, debiendo contar siempre con oferta para personas con intolerancias alimentarias, como los enfermos celíacos.
En las licitaciones que tengan por objeto proveer de servicios de alimentación a establecimientos de educación parvularia, básica y media, administrados por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), las bases de licitación deberán considerar las necesidades y restricciones que presentan los estudiantes que padecen enfermedades por intolerancias alimenticias, como la enfermedad celíaca”.