Por 134 votos a favor y cinco abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que perfecciona la Ley de Bases del Medioambiente, para reconocer expresamente al olor como agente contaminante (boletín 10268).
El texto legal, que fue presentado a la Sala con un segundo informe de la Comisión de Medioambiente, rendido por el diputado Diego Ibáñez (IND), busca dar protección y certeza jurídica a todos aquellos que, en resguardo propio o del medio ambiente, busquen en la justicia el amparo al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
En ese sentido, la propuesta modifica la Ley 19.300, de modo de incluir en sus disposiciones generales, más estrictamente en el marco de las definiciones, que el olor es un agente contaminante.
Asimismo, se agrega el concepto de “olores molestos”, que se define como “aquellos susceptibles de afectar la calidad de vida de una o más personas, o elementos del medio ambiente, de conformidad con las regulaciones establecidas”.
Por último, se adiciona el concepto de “olores” al listado de efectos, características o circunstancias que exigirán la elaboración de un estudio de impacto ambiental, cuando un proyecto o actividad incurra en este tipo de contaminación.
Antecedentes
La iniciativa legal se inició en la lucha por un medio ambiente libre de contaminación, tanto en el país como en todo el mundo, y se ha transformado en uno de los principales puntos de batalla de las comunidades, con el fin de alcanzar una calidad de vida compatible con el desarrollo de diversas actividades económicas.
En ese aspecto, dentro de los diferentes tipos de contaminantes que existen, la contaminación por olores ha tomado especial relevancia a partir de las molestias y efectos adversos que esta puede producir en las personas o en el medio ambiente, haciendo difícil la convivencia pacífica entre los representantes de variados intereses.
Diversas actividades pueden generar contaminación por manejo inadecuado de residuos o sustancias, sea en la producción, transporte o almacenamiento; pero, también, las actividades de procesamiento de sustancias provenientes de la ganadería, de residuos, de aguas servidas, de secado de vegetales, cervecería, entre otras.
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