ConservaciónMedio Ambiente

Paseo Ribereño de Vallenar es declarado humedal urbano, el primero de la región de Atacama

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Esta declaratoria busca asegurar la protección del humedal urbano, su flora y fauna y posee una superficie de 98,2 hectáreas.

El Ministerio del Medio Ambiente declaró el primer humedal urbano de la Región de Atacama. Se trata del Paseo Ribereño de Vallenar que marca el inicio de un proceso de protección integral para la flora y fauna presente, relevando este espacio verde tan querido por la comunidad de Vallenar.

Los humedales urbanos son todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano. Estos ecosistemas cumplen funciones esenciales, como amortiguar los efectos de las crecidas, dado que almacenan el agua y luego la liberan lentamente a los cauces; además, los bosques, la vegetación y raíces de las plantas típicas de humedal reducen la velocidad de las inundaciones, controlando los deslizamientos de tierra generados por eventos climáticos extremos.

El Seremi del Medio Ambiente, Guillermo Ready explicó que “la iniciativa busca asegurar la protección de estos ecosistemas, declarados bajo la figura de ´humedal urbano´. Asimismo, la ley entrega a los municipios herramientas concretas que permitan proteger estos ecosistemas, a través de la elaboración de Ordenanzas Generales para su protección y la postergación de permisos de subdivisión predial, loteo, urbanización y de construcciones”.

El Seremi Ready hizo hincapié en la relevancia de que estos humedales sean protegidos bajo la Ley de Humedales Urbanos, vigente en nuestro país desde 2020, explicando que “estos humedales urbanos que son reconocidos en este primer proceso, fueron seleccionados tanto por factores ambientales como sociales, es decir, que presenten altos niveles de amenazas al ecosistema, que sean hábitat de especies de flora y fauna amenazadas, endémicas o migratorias y también que sean áreas de relevancia tanto cultural, social, como turística con un beneficio directo a la comunidad local”.

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